El Estado de Chile entrega actualmente un importante número de beneficios sociales a la población nacional, uno de ellos y que quizás no conoces es el Bono de Cuidadores, aporte llamado oficialmente como “programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad (estipendio)” y que entrega mensualmente una cifra de $32.991.

Si deseas conocer más detalles de este beneficio, como sus requisitos y forma de postulación, te invitamos a seguir leyendo RedNews de RedGol.

Beneficio con pago mensual de $32.991: Requisitos y postulación al Bono para Cuidadores

El Bono para Cuidadores se entrega a la persona que cumpla la labor de cuidadora de una persona con dependencia severa, la que debe cumplir los siguientes requisitos (causante):

  • Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del MINSAL, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otros).
  • Tener un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
  • Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.

Información extraída de ChileAtiende.

¿Cómo postular al Bono para Cuidadores?

Este aporte no es postulable para todo el mundo, debido a que quienes deben realizar la postulación de cuidadores al programa de pago son el equipo médico del centro de atención primaria correspondiente al domicilio del dependiente.

Posteriormente, el Ministerio de Desarrollo Social debe decidir si otorga o no la ayuda económica y en caso de hacerlo, el IPS efectuará el pago mensual a través de depósito bancario.

El beneficio podrá concederse a un mismo cuidador hasta tres estipendios por distintos causantes, si es pariente por consanguinidad o afinidad, y hasta dos estipendios por distintos causantes, si el cuidador no tiene vínculo de parentesco con los causantes.

Adicionalmente, existe una regla de preferencia para el pago de dinero, que tiene el siguiente orden estricto:

  • La severidad en la dependencia del causante, la que será medida con el Índice de Barthel*.
  • Antigüedad en la postulación del causante, comenzando por la más antigua.
  • La clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares.

*Aquellos causantes menores de siete años -que por edad no puedan aplicar el Barthel-, se solicitará certificación médica que será expresada en un puntaje similar al mencionado Índice.