A partir de agosto se sumará un nuevo grupo de beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU). El aporte contempla un monto de hasta $193.917 para mejorar las pensiones de las personas.

Desde febrero hasta la fecha el beneficio se ha pagado automáticamente a los beneficiarios de vejez del Pilar Solidario, es decir aquellos que reciben la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV). Sin embargo, desde el próximo mes se comenzará a entregar también a las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tengan 65 años o más.
  • No integren un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población.
  • Acrediten residencia en Chile en alguno de estos dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior).

¿Cómo recibir la Pensión Garantizada Universal desde agosto?

Para recibir la Pensión Garantizada Universal a partir de agosto deberás cumplir los requisitos mencionados y postular.

Para postular debes ingresar AQUÍ.

Una vez dentro, escribe tu RUT, selecciona tu fecha de nacimiento y haz clic en “Consultar”.

Aparecerá un mensaje que te indicará si cumples los requisitos para postular. En caso de que sí puedas solicitar la PGU, se te dará la opción de hacer una solicitud en IPS en Línea con Clave Única o en cualquier oficina del IPS lo largo del país.

¿Cuándo se paga la PGU de agosto?

Cabe destacar que recién a partir del 1 de agosto se verificará el cumplimiento de los requisitos de las personas que han postulado a la PGU. Por este motivo, los pagos para los nuevos beneficiarios se efectuarán a partir de septiembre de este año.

Es importante mencionar que el beneficio se pagará de manera retroactiva al mes siguiente, si no es posible en el mes de la solicitud.