El Ingreso Laboral de Emergencia(IFE Laboral)es uno de los tantos beneficios que implementó el Gobierno para paliar la situación económica del país tras el comienzo de la pandemia provocada por el coronavirus.
Este aporte monetario consiste en incentivar el trabajo formal, es decir, con contrato laboral a personas que hayan quedado previamente cesantes anteriormente.
Por lo tanto, el beneficio se entrega directamente al trabajador y trabajadora que haya quedado sin trabajo y se haya empleado nuevamente. El tipo de contrato puede ser a plazo fijo, indefinido, por obra o faena determinada o part-time. Además, su remuneración no debe superarlos tres ingresos mínimos mensuales.
El monto del IFE Laboral varía según la persona solicitante, en el caso de los hombres mayores de 24 años y menores de 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual Imponible, con tope de $200.000 mensuales.
En tanto, las mujeres jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual Imponible, con tope de $250.000 mensuales.
¿Cómo saber si soy beneficiario del IFE Laboral?
Para ser beneficiario o beneficiaria debes cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo en el mes anterior a la postulación).
– Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales.
– Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
¿Hasta cuándo se extendió el bono?
El IFE Laboral primeramente sería hasta el 31 de marzo. Sin embargo, este se extendió hasta el 30 de junio.
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