El IFE Laboral es un incentivo para que los trabajadores, previamente cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral que se crea. El aporte se pagaría hasta el mes de junio; sin embargo, el Gobierno optó por extender la ayuda monetaria y se podrá postular hasta junio para recibir pagos hasta agosto
Los montos del beneficio se entregan directamente al trabajador, y puede postular siempre que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales, que actualmente es $1.230.000, panorama que podría cambiar en caso de aprobarse la ley que aumenta el salario mínimo a $500.000.
Nuevas fechas de pago IFE Laboral
Gracias a la extensión de beneficios del Sence, entre ellos, el IFE Laboral, se prolongan los periodos de postulaciones y de pagos de los aportes económicos. Cabe recalcar que, desde el 10 de mayo, el aporte se entrega como primer pago a postulados de enero; segundo pago a solicitantes de febrero y tercer pago a postulantes de marzo.
Así, el nuevo calendario de pagos quedó estipulado de la siguiente manera:
Fecha de postulación
- Abril: Primer pago desde el 7 de junio; segunda entrega, el 7 julio y tercer pago el 7 de agosto 2023.
- Mayo: Primer pago el 7 de julio y segunda entrega el 7 de agosto 2023.
- Junio: Pago único el 7 de agosto 2023.
Postulaciones:
Las postulaciones se realizan en www.subsidioalempleo.cl, seleccionando “Nuevo IFE Laboral Apoya”. Una vez se haya ingresado, hay que hacer clic en “Postular” y acceder con RUN y clave única.
Los requisitos para postular son tres:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación). Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.230.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.