El Bono Invierno es un beneficio estatal no postulable, queentrega un pago únicode $74.767, el cualserá depositadoa sus beneficiarios junto a la pensión del mes de mayo.
¿Dónde consultar si recibiré el Bono Invierno?
Para hacer la consulta de manera presencial, debes dirigirte a unaoficina ChileAtiende. Una vez allí, explicael motivo de tu visita: consultar si es beneficiario del Bono de Invierno.
Como resultado del trámite, habrás consultado si te corresponde el subsidio, cuya respuesta podrás obtener inmediatamente.
Ingresa AQUÍ para ver por región y comuna, la ubicación de las sucursales de ChileAtiende.
También está la opción de consultar si eres beneficiario por teléfono, llamando al 101 y explicando tu situación. Los horarios de consulta son de lunes a viernes,de 8:00 a 18:00 horas.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Invierno?
Pueden recibir el Bono Invierno 2023 las siguientes personas:
- Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de lapensión mínima de vejezpara pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
-Instituto de Previsión Social.
-Instituto de Seguridad Laboral.
-Cajas de Previsión.
-Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados del sistema establecido en elSistema de Pensiones de Vejez(1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas congarantía estatal.
- Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
No sonbeneficiariOs del Bono de Invierno:
- Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
- Titulares delSubsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de laLey Nº 20.255).
- Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de laLey Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.