Las mujeres componen una buena parte de la población más vulnerable del país. Por ello el Estado entrega una serie de beneficios que van enfocados en aumentar sus ingresos y paliar en parte la desigualdad salarial que viven en comparación a los hombres.

El IFE Laboral tiene pagos especiales para mujeres, mientras que el Subsidio Protege va dirigido a las madres cuidadoras de menores y el Bono por Hijo, es para pensionadas. Conoce detalles de estos y otros aportes.

Bonos para mujeres

IFE Laboral

Va dirigido a quienes formalizaron una relación laboral en el mes en curso o el mes anterior a la solicitud. Quienes lo soliciten en enero tendrán pagos por tres meses. En el caso de las mujeres, el monto asciende al 60% de la remuneración bruta mensual, con tope máximo de $250.000.

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Subsidio Protege

Entrega $200.000 para el cuidado de menores de 2 años que no tengan derecho a sala cuna garantizada. Se paga a trabajadoras dependientes o independientes que tengan en su cuidado a los menores, aunque ocasionalmente también se puede pagar al padre. El Subsidio se paga por tres meses.

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Bono al Trabajo de la Mujer

Se entrega a trabajadoras entre 25 y 59 años que pertenezcan al 40% de la población de mayor vulnerabilidad. Los montos varían dependiendo del sueldo bruto de cada beneficiaria, con pagos que pueden llegar hasta $33.436 o $501.545, dependiendo si el monto se solicita mensual o anualmente.

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Bono Protección

También conocido como bono Dueña de Casa es un aporte que se entrega a las familias más vulnerables del país que participan de alguno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades.

Para recibirlo se debe firmar una carta de compromiso e iniciar el Plan de Intervención y Acompañamiento Psicosocial. El aporte se entrega durante dos años, con montos variables.

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Bono por Hijo

Es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado; que se paga junto a la pensión de la beneficiaria.

El Bono es para mujeres mayores de 65 años que reciban Pensión de Sobrevivencia, Pensión Básica Solidaria de Vejez o afiliadas a las AFP. El monto es del 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (calculados a la fecha de nacimiento de cada hija o hijo).

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