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Tribunal rechaza uso de ley Naín-Retamal a carabinero que disparó contra senadora Campillai

Durante este lunes se negó el uso de la ley Naín-Retamal al excarabinero que disparó contra la ahora senadora Campillai.

Tribunal rechaza aplicar Ley Naín-Retamal a carabinero que disparó a la senadora Campillai.
© RAUL ZAMORA/ATON CHILETribunal rechaza aplicar Ley Naín-Retamal a carabinero que disparó a la senadora Campillai.

La tarde de este lunes 7 de agosto el Tribunal Oral en Lo Penal de San Bernardo rechazó la solicitud presentada por la defensa del excapitán de Carabineros Patricio Maturana, quien buscaba aplicar la ley Naín-Retamal al caso y así permitir la reducción en su condena tras dispararle a la ahora senadora Fabiola Campillai en el marco del estallido social del 2019.

Tribunal rechaza uso de ley Naín-Retamal a carabinero que disparó contra senadora Campillai

La defensa del excarabinero Patricio Maturana pedía aplicar la ley Naín-Retamal, asegurando que había actuado en defensa propia cuando disparó una bomba lacrimógena contra Fabiola Campillai, golpeándola en su rostro y dejándola ciega.

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Frente a esto, la abogada del excapitán, Catherine Lathrop, indicó que “creemos que la actuación de mi representado se enmarca en el concepto de la ley Naín-Retamal”, agregando que este actuó en función de una orden, debido a que temió por su integridad física y por la de sus compañeros.

Recordemos que esta ley establece que hay presunción de legítima defensa cuando uniformados y PDI hacen uso de la fuerza en el cumplimiento de su deber.

No obstante, en el fallo judicial se señala que Maturana “con el pleno control del arma y de los efectos que conllevaba su uso indebido, esto es, disparando directamente a un reducido grupo de personas que se encontraba en la esquina (…) a una distancia de 50,6 metros y en un ángulo muy inferior al exigido por los reglamentos y protocolos internos de la institución y contrario a lo recomendado por el propio fabricante de la munición”.

Ante esto, el nivel de agresión no justificaba el empleo de un arma como la carabina lanzagases, ya que “la sentencia dice que no hay una agresión ilegítima” comentó Gamal Massú, fiscal de Alta Complejidad Occidente.

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De esta forma, el exuniformado mantiene la condena recibida en octubre del 2022, cuando fue sentenciado a 12 años y 183 días de cárcel por apremios ilegítimos.

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