El Autopréstamo AFP es una iniciativa legislativa parte de la gran reforma previsional que otorga la posibilidad de retirar anticipadamente el dinero ahorrado en las cuentas de AFP de trabajadores y trabajadoras en Chile. 

Esta medida se suma a la propuesta del séptimo retiro de fondos AFP, la cual fue anunciada hace unas semanas y que actualmente se encuentra en el Congreso.

¿En qué está el Autopréstamo AFP? Conoce que es lo que ha pasado con la propuesta

La reforma previsional se encuentra en su segundo trámite legislativo en el Senado. De momento aún queda un largo trámite para que se pueda efectuar una eventual aprobación en el parlamento y que finamente sea publicada en el Diario Oficial.

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Autopréstamo AFP: Los detalles del beneficio para trabajadores

A diferencia de los retiros, el autopréstamo AFP permitiría obtener solo el 5% de lo acumulado en las cuentas previsionales, con un tope máximo de hasta 30 UF ($1.119.050 al 8 de mayo de 2024). No obstante, lamentablemente, hay un grupo importante que no puede acceder a este beneficio debido a lo estipulado en la reforma que se discute en el Senado.

Las actuales indicaciones del Autopréstamo AFP señalan que pueden solicitarlo las personas que estén a más de cinco años de cumplir la edad legal para pensionarse, es decir, hombres menores de 60 años y mujeres menores de 55 años de edad.

Cualquier hombre o mujer que supere dicha brecha de edad NO podrá solicitar el autopréstamo en caso de que la Reforma de Pensiones obtenga la aprobación en todo su proceso legislativo.

Conoce los montos que podrás solicitar y cómo se devuelve

  • Si tienes $25.000.000, podrás pedir hasta $1.119.050.
  • Si tienes $20.000.000, podrás pedir hasta $1.000.000.
  • Tienes $10.000.000, podrás pedir hasta $500.000.
  • Si tienes $5.000.000, podrás pedir hasta $250.000.
  • Si tienes $2.000.000, podrás pedir hasta $100.000.
  • Tienes $1.000.000, podrás pedir hasta $50.000.
  • Si tienes $500.000, podrás pedir hasta $25.000.
  • Si tienes $250.000, podrás pedir hasta $12.500.

En cuanto a su devolución, la normativa establece que la devolución de este préstamo se realizará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de cada afiliado.

Estas cuotas deberán ser pagadas en el mes siguiente al período de cotización y no generarán intereses, aunque serán ajustadas según la UF (Unidad de Fomento).