ElSubsidio de Arriendoes un beneficio que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y queconsiste en unpago mensual, cuyo fin escubrir el arriendo de una viviendaen la que resideny de esta manerarecibir un monto dehasta170 UF,es decir, alrededor de6 millones de pesos para ser utilizado hasta por un periodo deocho años(40 cuotas como máximo).

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular no necesitan contar con núcleo familiar.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%.
  • Acreditar un ahorro mínimo de4 UFen una cuenta de ahorro para la vivienda, la que debe tener al menos un mes de antigüedad al momento de postular y debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil. El ahorro mínimo tiene que estar depositado a más tardar el mes anterior a la postulación.
  • Contar con un ingreso familiar entre 7 UF ($222.189 aproximadamente) y 25 UF ($793.175 aproximadamente). Por cada integrante familiar que excede de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF.

¿Hasta cuándo puedo postular?

  • 21 de marzo al 14 de julio:Corresponde a las familias quienescuenten con ahorrosque se encuentren en instituciones con convenio con el Minvu, es decir, BancoEstado, Scotiabank, Desarrollo, Coopeuch, Caja Compensación Los Andes. Este grupo deberá postular a través deminvu.clcon su ClaveÚnica.
  • 23 de marzo al 14 de julio:Aquellas personas queno puedan postular a través de Internet, deberán hacerlo en una de las oficinas del Serviu.

¿Cómo se entrega el beneficio?

De los 170 UF que se entrega por el beneficio se proporciona de acuerdo a un monto de límite mensual de 4,2 UF ($149.353) y 4,9 UF ($174.245) para las regiones de Arica y Parinacota; Tarapacá; Antofagasta; Aysén; Magallanes y la Metropolitana.

Cabe consignar que dicho monto se puede utilizar de manera fragmentada o consecutiva en un plazo de ocho años desde que se obtiene el beneficio.

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