La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio que entrega el Estado y que reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, el cual será pagado mensualmente por el Instituto de Previsión Social (IPS). Todas las personas que cumplan los requisitos independiente si continúan trabajando o que reciban una pensión podrán acceder al beneficio.

Aquellos que reciben la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) serán traspasados automáticamente a la PGU, por otro lado, aquellos que reciben el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), se hará una comparación de su monto con la PGU y se entregará aquel que otorgue más dinero al beneficiado.

 

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos para recibir la PGU serán los mismos que se han solicitado para acceder al APSV o a la PBSV, sin embargo, solo hasta el 31 de julio. A contar de agosto, los beneficiados deben cumplir con estos requisitos:

  • Toda persona de 65 años o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos casos:
  • Un periodo no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a la pensión superior, fijada en $1.000.000.

 

¿Cómo saber si soy beneficiario?

Si aun cumpliendo los requisitos tienes dudas, puedes consultar si tienes el beneficio ingresando AQUÍ. Solo basta que ingreses tu RUT y Fecha de Nacimiento.

 

¿Se postula? 

No es necesario postular a la PGU, ya que si cumples con los requisitos señalados anteriormente recibirás el pago de manera automática cada mes.

 

Cabe destacar que aquellas personas pensionadas por Dipreca o Capredena no podrán recibir la Pensión Garantizada Universal.