Un nuevo e inesperado actor aparece en escena en la definición del Campeonato Nacional 2024, luego de la denuncia interpuesta por Universidad de Chile y que busca quitarle puntos a Colo Colo en plena pelea por el título de campeón.
El próximo martes 29 de octubre, desde las 18:30 horas en el Tribunal de Disciplina de la ANFP, se realizará la audiencia donde los azules intentarán probar que el técnico Jorge Almirón cometió desacato al dar instrucciones pese a estar suspendido.
En medio de esta polémica extrafutbolística aparece en escena Unión La Calera. Pero, ¿qué tiene que ver en esto? Pues bien, los cementeros recibieron sanción del ente jurídico del fútbol chileno luego que el entonces técnico Manuel Fernández tuviera contacto con su cuerpo técnico pese a estar suspendido.
Tras el castigo del Tribunal, el club llevó el caso al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) y logró revertir el caso. El responsable de ello fue el abogado Óscar Fuentes, que en diálogo con Radio ADN adelantó lo que podría pasar con Colo Colo ante la denuncia de la U.
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“Desde la temporada pasada, por el solo hecho de tener un elemento tecnológico en la banca, con el DT suspendido, te sancionaban con tres puntos. Ocurrió que el DT estaba suspendido y tenían una tablet, denunciándolo al Tribunal, que aplicó la sanción”, partió su explicación el legista.
En esa línea, Óscar Fuentes agrega que “en el TAS acreditamos que no había derecho a apelación, pues esa sanción conlleva desacato, que implica el doble de suspensión al técnico y la pérdida del partido. Además, se establece que para que haya sanción el técnico tenía que infringir el castigo, o sea, dirigir a pesar de que está suspendido”.
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“Eso no se había probado y por eso el TAS nos da la razón, que es lo que va a pasar a Colo Colo, salvo que prueben que su técnico estaba dirigiendo a través de la persona que tenía elementos tecnológicos, lo que es muy difícil de probar. Con Calera no lograron probarlo”, sostiene el abogado.
Para finalizar, indica que a La Calera “se le sancionó porque el Tribunal entiende que basta con tener el elemento tecnológico, pero entra en contradicción con el Código de Penalidades. Mi duda es si el Tribunal va a insistir en la interpretación que hizo con Calera o si seguirá la recomendación del TAS“.
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