El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones entregó hace un par de días atrás el reglamento de la Ley N° 21.553, más conocida como “Ley Uber” a Contraloría, norma que buscar regular el servicio de aplicaciones de movilidad tanto para empresas, como para conductores.

El reglamento si bien da un año de plazo para cumplirse en su totalidad, señala una serie de normas que podrían provocar que una gran cantidad de conductores queden fuera de la reglamentación, es en ese contexto que en RedNews te indicamos a que se exponen quienes no cumplan con la normativa.

¿Qué sucederá con los conductores que no cumplan con la normativa de la Ley Uber?

De acuerdo a lo que señala la Ley 21.553, los conductores de aplicaciones que no cumplan con la normativa incurrirán en una infracción grave, es decir, arriesgarán multas de 3 a 10 UTM, es decir, entre $193.998 y $646.660 a enero del 2024.

En tanto, si eres reincidente en un periodo de un año, las multas aumentarán entre 6 a 20 UTM. ($387.996 a $1.293.320 a enero 2024)

Por otro lado, si un conductor comete alguna falta leve, no correspondiente a las sanciones de la Ley 21.553, será multado con 1 a 3 UTM. ($64.666 a $193.998 a enero 2024)

¿Cuáles son las multas graves de la Ley Uber?

La normativa señala una serie de infracciones graves, estas son:

  • Operar sin encontrarse inscritos en el Registro.
  • Alterar de cualquier forma el mecanismo de cobro o su funcionamiento de manera que arroje valores distintos de la tarifa informada.
  • Conducir por una ruta distinta de la sugerida en la aplicación, salvo que concurra alguna de las excepciones contempladas en la letra d) del artículo 5.
  • Suplantar al conductor, alterar la información de usuario de la plataforma, entregar información incorrecta, imprecisa o falsa respecto de la identidad del conductor que impida al pasajero su identificación.
  • Recoger pasajeros en la vía pública sin que previamente se haya concertado el viaje mediante la EAT.
  • No hacer uso del distintivo que señala el artículo 7, en las condiciones especificadas en el reglamento.

A ellos, hay que sumar la obligatoriedad de poseer licencia profesional para conducir vehículos de transporte de pasajeros, motivo por el que habrá un plazo de doce meses para su puesta a punto, mientras tanto los conductores podrán seguir usando la Licencia clase B.

El Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la UC alerta sobre efectos de la “Ley Uber”:

El Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la UC publicó un reporte que señala el alto impacto que podría producir esta normativa en el país.

Ahí se advierte que la cesantía podría aumentar entre 0,4 y 1%, cifra que el director del Centro, David Bravo, justificó a Mercado Central de Radio Pauta.

En este punto David señala que a diciembre del 2023 trabajaron como conductores de aplicaciones 107 mil personas, sin embargo, el nuevo reglamento implicaría una baja del 40% solamente por los requisitos de antigüedad máxima del auto y de tamaño de motor.

A ello le suman el requisito de la licencia profesional, ya que, si entrara en vigencia ahora la ley, “quedarían afuera el 80% de las personas”.

Revisa a continuación la Ley N° 21.533 – “Ley Uber”