A diferencia de otros beneficios estatales, el Bono Dueña de Casa no es postulable, ya que solo se debe cumplir un requisito: Aceptar la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).
Este es el bono para mujeres que se paga mensual y no es necesario postular
El Bono de Protección más conocido por la ciudadanía como Bono Dueña de Casa, es un beneficio estatal a familias y usuarias del programa Chile Seguridades y Oportunidades, que es parte del Ministerio de Desarrollo Social.
Este es el único requisito para recibir el beneficio, la invitación es realizada por el Ministerio de Desarrollo Social mediante una carta de compromiso, que debe ser firmada junto con el Plan de Intervención, luego de esto se otorga el bono y posteriormente los pagos.
¿Cuál es el monto del Bono Dueña de Casa?
ChileAtiende informa que este bono se entrega mensualmente durante 24 meses, diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS).
El bono se entrega según los siguientes tramos (valores 2023):
- Primeros 6 meses, el bono asciende a $21.823.
- Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.
- Desde el mes 19 al 24: $16.828 (valor corresponde a monto SUF).
¿Por cuánto tiempo se paga el Bono Dueña de Casa?
ChileAtiende informa que se entrega por un periodo de 24 meses, mientras se encuentre en proceso de acompañamiento por parte de los programas del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
Se puede perder el beneficio por renuncia voluntaria o por no cumplir con los deberes establecidos al momento de firmar la participación en el Subsistema.
¿Quiénes pueden recibir el Bono Dueña de Casa?
Se paga en el siguiente orden de prioridades a quienes cumplan con los requisitos:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.