El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados es un beneficio exclusivo del mes de septiembre para la población que recibe una respectiva pensión en Chile.

Este bono se paga junto a la pensión que reciben las y los beneficiarios(as), aumentando el monto de esta por el mes. Si quieres conocer la fecha de pago de esta, puedes consultar en Chileatiene.gob, ingresando tu RUT y posteriormente haciendo clic en “consultar”.

Para recibir este aguinaldo dieciochero, los pensionados deben cumplir algunos requisitos con fecha límite hasta el 31 de agosto de 2024, por lo que es importante estar en el plazo de esta para recibir el dinero.

¿Cómo se calcula el monto del Aguinaldo Fiestas Patrias en pensionados?

El Aguinaldo Fiestas Patrias en pensionados tiene la siguiente fórmula de pago: se entregará un monto de $24.261 a los beneficiarios, pudiendo aumentar en un dinero extra de $12.446 por cada carga familiar acreditada.

Es por esto que si eres pensionado, cumples con los requisitos y tienes, por ejemplo, dos cargas acreditadas, el valor a pagar del Aguinaldo Fiestas Patrias será de $49.153 ($24.261 base + $12.446 una carga + $12.446 otra carga).

¿Cuáles son los requisitos para tener el beneficio?

Si quieres tener el Aguinaldo Fiestas Patrias para pensionados, debes cumplir con alguna de estas exigencias hasta el 31 de agosto de 2024:

  • Los pensionados(as) de AFP que también tengan la PGU, o el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez), o las pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Pensionados(as) de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Aquella población pensionada del Instituto de Previsión Social y que posean la PGU o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionadosas) de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Beneficiarios(as) del Subsidio de Discapacidad.
  • Los pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Aquellos pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.