Este viernes 11 de agosto se entrega el penúltimo pago del Subsidio Protege, beneficio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que tiene como objetivo ayudar económicamente a madres y padres trabajadores.
¿Cómo saber si soy beneficiario del Subsidio Protege?
Para saber si eres beneficiario o beneficiaria del Subsidio Protege de agosto, solo debes ingresar AQUÍ e iniciar sesión con tu Clave Única. Una vez dentro del sistema, haz clic en “Tu Cuenta” y finalmente pincha en “ir a tu cuenta”.
Calendario de pagos
Mes de postulación | Primer pago | Segundo pago | Tercer pago |
Mayo 2023 | Desde el 12 de junio | Desde el 11 de julio | Desde el 11 de agosto |
Junio 2023 | Desde el 11 de julio | Desde el 11 de agosto | Desde el 11 de septiembre (último pago) |
¿Cuál es el monto del beneficio?
El Subsidio Protege entrega $200.000 mensuales por cada niño o niña causante.
¿Cómo apelar al Subsidio Protege?
Si cumples todos los requisitos para recibir el pago este viernes, pero no te depositan el bono, puedes generar una apelación, pero antes de apelar, debes conocer la causa de por qué no se te otorgó el beneficio, para esto puedes ingresar a tu expediente en línea, AQUÍ.
Para generar la apelación, debes ingresar al Buzón Ciudadano (AQUÍ) e identificar el motivo de tu reclamo.
Una vez dentro, deberás seleccionar la opción “Subsidio Protege Apoya” y en la descripción indicar los motivos por los cuales necesitas apelar.
Cada motivo ingresado debe ir acompañado de documentación según sea el caso. Para revisar cuáles son los documentos que necesitas, ingresa a ESTE enlace.
¿Por qué razones no se puede recibir el Subsidio Protege?
El Subsidio Protege tiene las siguientes incompatibilidades:
- Se encuentren con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental.
- Estén haciendo uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
- Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
- En el caso de niños menores de dos años, las madres que estén contratadas por una empresa que está obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
- Sean funcionarias o funcionarios en instituciones del sector público.
- Madres extranjeras que no cuenten con RUN definitivo.
- Niñas y niños extranjeros, que no estén inscritos en el Registro Civil. No son válidos los certificados de nacimiento emitidos del país de origen, aunque estén apostillados.