El Aguinaldo Fiestas Patrias es uno de los caballitos de batalla en términos económicos para el esperado mes de septiembre en Chile, ya que la población de pensionados tendrá un ingreso extra en sus cuentas.

Es que además del extenso calendario para celebrar la semana dieciochera en el país, siempre viene bien un ingreso adicional. Es más, este mismo Aguinaldo Fiestas Patrias puede aumentar en su monto base para los beneficiarios.

Pero no todos lo recibirán en la misma fecha, ya que su pago depende de las condiciones de cada pensionado. Pese a eso, sí puedes consultar rápidamente tu caso en simples pasos.

¿Cómo saber la fecha de pago del Aguinaldo Fiestas Patrias?

Para la población pensionada en Chile, el Aguinaldo Fiestas Patrias se paga junto a la respectiva pensión del mes, al igual que la PGU, Bono por Hijo y otros tantos beneficios.

Por eso, es importante saber la fecha de pago de tu respectiva pensión, la cual puedes consultar con anticipación en mi.chileatiende.cl, donde debes ingresar tu RUT y hacer clic en “consultar”. Tras eso, se te notificará la fecha de los beneficios a recibir en el mes.

¿Cuánto dinero paga?

Este 2024, el monto del Aguinaldo Fiestas Patrias en pensionados aumentó a $24.261.

Esto puede crecer en $12.446 pesos por cada carga familiar acreditada que tenga el pensionado o pensionada.

¿Qué pensionados pueden recibir el Aguinaldo Fiestas Patrias?

Los pensionados que pueden tener este beneficios deben cumplir algunas de estas condiciones hasta el 31 de agosto de 2024:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social y que tengan una PGU o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Aquellos pensionados(as) de AFP que además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
  • Pensionados(as) de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionadosas) de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Aquellos pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.