Este mes de septiembre se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias, beneficio que se entrega todos los años a los trabajadores y pensionados, para ayudar a las familias con los gastos propios de la época.
¿Cómo puedo recibir el Aguinaldo si soy trabajador del sector privado?
Cabe aclarar que no existe obligación legal de pagar el Aguinaldo a los trabajadores privados, solo a los del sector público. Sin embargo, el empleador sí está obligado a pagar el beneficio en las siguientes excepciones:
- Se encuentra pactado por escrito en el contrato individual de trabajo o en un anexo al contrato de trabajo.
- Se encuentra pactado por escrito en un convenio o contrato colectivo.
- No se encuentra pactado por escrito en un contrato individual de trabajo ni en convenio o contrato colectivo, pero se ha pagado reiteradamente en el pasado. En este caso se genera una cláusula tácita o una especie de ‘derecho adquirido’ para el trabajador, con lo cual el empleador está obligado a pagarlo.
¿El empleador puede cambiar el monto del aguinaldo?
Si un trabajador tiene derecho al pago de aguinaldo, el empleador debe respetar el acuerdo, por lo que no puede cambiar el monto del beneficio.
¿Qué hacer si tengo derecho al Aguinaldo pero no me lo pagan?
Cualquier trabajador que tenga derecho a un aguinaldo, pero se le niegue el pago o se modifique su monto, puede ir a la Inspección del Trabajo a presentar una denuncia para que se fiscalice a la empresa.