La Pensión Garantizada Universal (PGU) es uno de los beneficios más importantes que existen para los adultos mayores en Chile, y el aumento de su monto es algo que el Gobierno está trabajando para hacer realidad.

¿A cuánto proponen aumentar la Pensión Garantizada Universal?

El Gobierno propone pasar de los actuales $206.173 a un máximo de $250.000, a través de un aumento gradual y según tramos de pensión base. Además, se concretará siempre y cuando se apruebe la reforma tributaria presentada por el presidente Gabriel Boric como un pacto fiscal.

¿Qué otros cambios podría tener la PGU?

El Gobierno también tiene en su agenda modificar su universo de destinatarios. En detalle, se buscaría eliminar uno de los actuales requisitos que se exigen para recibir la Pensión Garantizada Universal, el que señala “no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile“.

La propuesta del ejecutivo es que la PGU sea universal y llegue al 100% de la tercera edad. Esa cobertura total se cumpliría al sexto año de la eventual publicación de la reforma tributaria.

Si este proyecto se hace realidad, las proyecciones de las autoridades es que se llegue a 166 mil personas destinatarias de la PGU al año 2030.

¿Cuáles son los actuales requisitos de la Pensión Garantizada?

Actualmente, la PGU exige los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • No integrar el 10% más rico de la población. 
  • Acreditar residencia en Chile en estos dos casos:
    • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
    • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
  • Pueden acceder a la PGU todas las personas que cumplan los requisitos, independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional (sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca).
  • Las personas con pensiones de reparación (leyes Rettig y Valech o como exonerado político) excepcionalmente podrían acceder a la PGU, porque:

-Cumple con los demás requisitos, por lo que el monto a recibir se calcula restando al monto de la PGU el valor de la pensión de reparación estatal que ya recibe (aunque, generalmente, casi siempre da como resultado un monto cero y por eso no suelen recibir este beneficio).

-En los casos excepcionales en que la pensión reparatoria resulte menor que el monto de la PGU, la persona solo tendría derecho a recibir lo que quede del beneficio solidario después de restarle el monto de la pensión especial que ya recibe.