El pasado jueves 10 de noviembre se envió al Congreso desde el ejecutivouna Ley corta, la cual propone ampliar la cobertura de la Pensión Garantizada Universal sumando a nuevos beneficiarios, además de aumentar el monto actual de la PGU que es de $193.971.

¿Quiénes serán beneficiados con la propuesta de ampliar la cobertura de la PGU?

La Ley que ya ingresó al Congreso pretende sumar a cerca de 70 mil nuevos beneficiarios, es decir cambiarían los requisitos de la Pensión Garantizada Universal y el monto.

  • Uno de los cambios sería en el requisito actual que contempla la edad, el cual indica que la persona debe tener65 años de edad o más, además depertenecer al 90% de la población conmás bajos ingresos del país.
  • Desde el Gobierno señalaron que esto se modificaría y el requisito sería que los beneficiarios cumplan con pertenecer”al 90% de los hogares de más bajos ingresos de la población, ampliando el universo de corte. Se estima que con este cambio de criterio cerca de 70 mil personas adicionales podrían acceder a la PGU”.

¿Cuáles son los actuales requisitos para recibir la PGU?

  • Personas que tengan65 años o másde edad.
  • No ser partedel 10% más rico de la población de 65 años o más.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:

– Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el postulante haya cumplido 20 años de edad.
– Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

  • Contar con una pensión base calculada menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior), según la forma de cálculo definida en la normativa.

¿Quiénes no pueden postular a la PGU?

Según lo que informa Chile Atiende,no podrán recibir la PGU las siguientes personas:

  • Personas imponentes o pensionadas (como titulares o con pensión de sobrevivencia) de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • No les serán aplicables las disposiciones del beneficio de PGU, ni aun cuando además se encuentren afiliadas o afectas a otro régimen previsional.