El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio que se paga todos los meses a las personas y familias usuarias de subsistema Seguridades y Oportunidades. El aporte se puede entregar por hasta dos años, siempre que se mantenga el cumplimiento de las condiciones del beneficio.
¿Quiénes pueden perder el Bono Dueña de Casa?
No es necesario postular al bono, ya que una persona es beneficiaria automáticamente si cumple los requisitos, es decir haber aceptado una invitación a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención.
Sin embargo, en caso de que un beneficiario no cumpla con los deberes establecidos al momento de firmar la participación en el Subsistema Seguridades y Oportunidades, perderá el Bono Dueña de Casa.
Esto significa que para mantener la entrega del beneficio por dos años, la persona beneficiaria debe permanecer en el proceso de acompañamiento por parte de los programas, mediante sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).
¿Cuál es el monto?
Los montos son:
Período | Monto |
---|---|
Primeros 6 meses: | $21.823 |
Desde el mes 7 al mes 12 | $16.608 |
Desde el mes 13 al mes 18 | $11.419 |
Desde el mes 19 al 24 | $16.828 |
¿Cómo se paga?
- Depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia o en Cuenta RUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario. Para esta modalidad se aplica un subsidio de $700 pesos mensuales que permite al usuario realizar dos giros al mes y emitir una cartola bancaria.
- Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir con su cédula de identidad el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.