El pago de contribuciones de bienes raíces está sujeta año tras año para aquellas personas que posean una propiedad en el país por un terreno agrícola o no agrícola, quienes se les aplica un impuesto territorial.

¿Qué personas están exentas o tienen rebaja al pago?

Bajo la Ley 21.210 de la legislación tributaria, se amplió el beneficio para los adultos mayores vulnerables económicamente, propietarios de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional, quienes podrán acogerse a una gran rebaja en las cuotas de sus contribuciones de acuerdo a sus ingresos mensuales.

¿Qué ingreso mensual debotener?

  1. Ingreso mensual igual o inferior a $731.309 al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja: Tendrán una rebaja del 100% del Impuesto Territorial, respecto de una propiedad con destino habitacional de la que se es propietario.
  2. Ingreso mensual superior a $731.309 o inferior o iguales a $1.625.130 al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja: Tendrán una rebaja del 50% de las contribuciones para dicha propiedad.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener al menos60 años si eres mujery65 años si eres hombre, cumplidos al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja en las contribuciones.
  • El inmueble debe estar inscrito a nombre del adulto mayor exclusivamente o en conjunto con su cónyuge, conviviente civil o en conjunto con los hijos que hayan sucedido a su cónyuge fallecido, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, al 31 de diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja en las contribuciones.
  • El inmueble no agrícola debe estar destinado a lahabitación.
  • El avalúo fiscal vigente del inmueble por el cual se hace efectiva la rebaja, no debe exceder de$192.603.583al 1°de Julio del 2022.
  • Si el contribuyente es propietario de varios inmuebles, la suma de los avalúos fiscales de los bienes raíces, independientemente de su destino (habitacional, bodega y almacenaje, comercio u otro), no debe exceder de$257.306.349al 1°de Julio del 2022.

¿Cómo accedo al beneficio?

No es necesario realizar ningún trámite, ya que el SII durante el mes de agosto de 2022 verificó el cumplimiento de los requisitos para aplicar el beneficio a aquellas personas que cumplan con ellos y se les entregará una carta en el domicilio o a través del correo electrónico del beneficiode la rebaja en caso que lo tenga registrado en la plataforma del SII.