Los esperados Beneficios para Trabajadores Independientes se promulgarán pronto y buscan ser un apoyo para los trabajadores que emiten boletas de honorarios y que han sufrido una reducción en sus ingresos por la pandemia del coronavirus.

Según las estimaciones iniciales, estos beneficios podrían ayudar a cerca de 1.200.000 personas que emiten boletas de honorarios por sus trabajos como independientes.

Estos beneficios se tratan de una ayuda económica que se hará por hasta tres meses a través del Servicio de Impuestos Internos y se hará a través de un crédito blando o un subsidio que irá directo al bolsillo del trabajador.

Requisitos para acceder a este beneficio

El trabajador independiente que requiera acceder a uno de los beneficios debe cumplir con los siguientes requisitos:

– Haber emitido en los últimos 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020 al menos 3 boletas.
– Haber emitido en los últimos 24 meses anteriores al 1 de abril de 2020 al menos 6 boletas.
– Acreditar una reducción en sus ingresos por boletas de al menos un 30% en los últimos 12 meses.

El beneficio se canalizará a través del SII.

¿Cuáles son los beneficios?

Dependiendo del nivel de ingresos y la merma que haya tenido el trabajador, se podrá optar a uno de estos beneficios:

1.- Subsidio: En este caso es para los trabajadores independientes que boletean con rentas promedios inferiores a $500.000 durante este año.

La cobertura dependerá de tres tramos de ingresos, que cubrirán un % que corresponderá a cada nivel:

– Ingresos de $0 a $320.500: Se cubrirá hasta un 70%.
– Ingresos de $320.500 a $400.500: Se cubrirá hasta un 50%.
– Ingresos de $400.000 a $500.000: Se cubrirá hasta un 40%.

2.- Crédito con tasa 0%: Esta ayuda va directamente a los independientes que boletean y que tienen una renta promedio mensual durante el 2020 superior a $500.000.

Además, podrán acceder a este crédito quienes hayan obtenido el subsidio y quieran complementar la ayuda con este financiamiento.

El tope de este crédito es de $650.000 mensual, por tres meses y se tramita de forma online en la web del Servicio de Impuestos Internos. El monto se depositará en la cuenta registrada por el trabajador en la Tesorería General de la República.

Este crédito que sólo cobrará el ipc correspondiente, se pagará en tres cuotas anuales a partir del 2022, donde la primera cuota será en abril de ese año por el 20%, la segunda cuota en abril del 2023 por el 40% y la última cuota en abril del 2024 por el 40%. Además, a partir de julio de 2021 se aumentará en un 2% la retención del trabajador para ayudar a pagar el crédito.