En Chile existen diversos bonos de todo tipo a los que pueden acceder las personas, y entre estos están los beneficios para cesantes.

¿Qué bonos puedo recibir si estoy cesante?

Las personas que están cesantes en Chile pueden recibir los siguientes bonos:

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un beneficio monetario de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que está destinado a los trabajadores que queden cesantes, por despido o renuncia.

El dinero proviene de la Cuenta Individual de Cesantía del trabajador, en la que el empleador debe cotizar mensualmente el 3% de las remuneraciones imponibles de cada empleado.

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Subsidio de Cesantía

Este bono permite a trabajadores y trabajadoras que se encuentran cesantes acceder a un aporte monetario mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a:

  • Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
  • Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
  • Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.
  • Fondo de Cesantía Solidario

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Cuenta de ahorro por indemnización

Este bono complementa o sustituye la indemnización por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

El beneficio puede ser cobrado en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo:

  • Trabajadores dependientes: esta cuenta puede ser abierta pactando con el empleador el aporte mensual que hará este último (para cubrir la indemnización a todo evento).
  • Trabajadores de casa particular: por ley, los empleadores tienen la obligación de efectuar los aportes; y el trabajador, el derecho de cobrarla al término del contrato. Además, desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al seguro de cesantía. 

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