El Gobierno entrega beneficios a las personas que están pensionadas, uno de ellos es el Bono Invierno, el cual se paga a través del IPS a las personas mayores de 65 años o más que cumplan con los requisitos que se solicitan.
Te contamos el monto que tendrá el Bono Invierno este año, la fecha de pago y si habrá un segundo pago como ocurrió en 2023.
Atención beneficiarios del Bono Invierno 2024 ¿Hay pago doble este año?
En 2023 el Bono Marzo tuvo un pago doble de manera excepcional, esto porque el Presidente de la República Gabriel Boric firmó el proyecto que aumenta el beneficio por sobre los $134.000.
Monto total que se logró con el segundo pago de $60.000 a quienes recibieron el primer pago en la pensión del mes de mayo. Este 2024, el monto del Bono Invierno es de $74.767, se pagará en la misma fecha pero hasta el momento no hay noticias sobre un segundo pago.
¿Quiénes pueden recibir el Bono Invierno 2024? Requisitos del IPS
Las personas deben tener 65 años o más y cumplir con los siguientes puntos que solicita el IPS:
- Pensionados que tengan pensiones con un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
- Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS)
- Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
- Dipreca
- Capredena
- Y de las mutualidades deempleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Personas pensionadas del sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
- Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
- Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).