La Pensión Garantizada Universal es un beneficio estatal entregado por el IPS a personas mayores de 65 años, que cumplan con los demás requisitos que se solicitan, los cuales cambiarán en los próximos meses debido a la aprobación de la Ley Corta de la PGU en torno a la focalización y el porcentaje del Registro Social de Hogares.

En caso de que nunca hayas postulado: Así puedes recibir la "nueva" PGU este año

  • Para postular de manera online debes ingresar a www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl ingresando con tu RUT y Clave Única.
  • Otra opción es ir de forma presencial a sucursales ChileAtiende o del IPS.
  • Realizar el trámite en la municipalidad correspondiente.
  • A través de tu AFP o compañías de seguros (si perteneces a estas entidades).

¿Quiénes no pueden postular a la PGU?

Según lo que informa Chile Atiende, no podrán recibir la PGU las siguientes personas:

  • Personas imponentes o pensionadas (como titulares o con pensión de sobrevivencia) de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • No les serán aplicables las disposiciones del beneficio de PGU, ni aun cuando además se encuentren afiliadas o afectas a otro régimen previsional.

¿Qué pasa con los nuevos beneficiarios de la PGU?

Con la aprobación de la Ley Corta de la PGU, se realizarán cambios en el aporte lo que beneficiará a 70 mil personas aproximadamente. El principal cambio será el de la focalización, incluyendo a mayores de 65 años que integren un grupo familiar que esté en el 90% de la población más vulnerable del país según el Registro Social de Hogares.

Por lo tanto desde el mes de abril, cuando esto se comience a aplicar, se comenzarán a evaluar las solicitudes que fueron rechazadas y podrán comenzar a recibir el pago de la PGU si corresponde el caso.Esto se evaluará desde el mes de abril de este año revisando nuevamente las solicitudes rechazadas.