El Seguro de Cesantía es manejado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y busca proteger a los trabajadores y trabajadoras que cumplan ciertos requisitos en el caso que se encuentren sin trabajo.

Conoce aquí todos los detalles en la siguiente nota del AFC.

¿Cómo saber cuánta plata tengo en la AFC? El beneficio que puedes cobrar si estás cesante

Si deseas conocer cuánto dinero tienes en la AFC, puedes revisarlo en el siguiente enlace del Seguro de Cesantía, solamente con tu Clave Única o Clave AFC.

En caso de querer cobrar el beneficio, podrás hacerlo en la opción “Cobrar Seguro de Cesantía”, además puedes simular la entrega de este mismo en la opción “Simular Cobro del Seguro”.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Fondo de Cesantía?

Según señala el sitio web de Chile Atiende, el seguro de cesantía tiene los siguientes requisitos.

  • Estar cesante, condición que se debe acreditar mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo,  certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda. Revise los documentos válidos para acreditar su condición de cesantía y sus respectivas formalidades.
  • Para contrato indefinido o de trabajador o trabajadora de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

¿Cuándo se suspende el pago del beneficio?

El pago del Seguro de Cesantía se suspende una vez que AFC recibe la notificación del inicio de una nueva relación laboral, a través de:

  • El pago de una cotización posterior al finiquito, del mismo empleador o de uno nuevo.
  • Una declaración sin pago de las cotizaciones o reconocimiento de deuda previsional que realiza el empleador.
  • El aviso de inicio de labores del afiliado que hace un empleador.