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Plebiscito de Salida

Servel | ¿Pueden votar presos o personas privadas de libertad en el Plebiscito de Salida?

El Servel aclaróesta interrogante que plantea la ciudadanía, conoce los detalles.

Publicado por

Por franccesca arnechino

Revisa los dichos del Servel sobre esta interrogante.
© Agencia Uno.Revisa los dichos del Servel sobre esta interrogante.

Septiembre es un mes de gran importancia en Chile, tanto por la celebración de las Fiestas Patrias como por las próximas elecciones que viviremos a nivel nacional.

El Plebiscito de Salida se realizará el próximo domingo 4 de septiembre, con el objetivo de “Aprobar o Rechazar” la propuesta de la Nueva Constitución.

En esta ocasión el voto será obligatorio y quienes no concurran a las urnas deberán cancelar las multas correspondientes. El Servel publicó el listado de vocales de mesa, al igual que el local y la mesa de votación.

A continuación, te contamos más detalles sobre quienes pueden emitir su voto en los próximos comicios.

Servel | ¿Pueden votar los presos o personas privadas de libertad en Chile?

Esta interrogante ha generado controversía en la ciudadanía, es por eso que el día 19 de julio el Servelcomunicó a través del Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle quien señaló ante la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputadas y Diputados, lo siguiente sobre el trabajo desarrollado por Servelpara el voto de personas privadas de libertad en el próximo plebiscito:

“La Constitución de la República suspende el derecho a sufragio a las personas acusadas por delitos que merezcan pena aflictiva o por conducta terrorista. Por su parte, establece la pérdida de la ciudadanía a los condenados a pena aflictiva o conducta terrorista, con lo cual pierden el derecho a sufragio. Lo anterior determina queun porcentaje cercano al 20% de las personas privadas de libertad mantienen su derecho a sufragio, lo que corresponde a electores que se encuentran en prisión preventiva,no acusados por delitos que merecen pena aflictiva o con condenas inferiores a la pena aflictiva”.

Tagle añadió lo siguiente: “Las personas privadas de libertad con derecho a sufragio han figurado siempre en los padrones electorales, que contienen a todos los electores habilitados para sufragar, pudiendo hacerlo en la mesa y local asignado conforme a la ley, al igual que cualquier otro elector. No ha sido el Servicio Electoral el que ha impedido el sufragio de estos electores, sino que su condición de reclusión o detención”.

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Puedes revisar aquí la publicaión original del Servicio Electoral de Chile.

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