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Beneficios

Bono de Protección | ¿Quiénes pueden recibir los pagos prioritarios del Bono Dueña de Casa?

Revisa en qué orden de prioridad se paga el Bono de Protección. Consulta si cumples los requisitos.

Publicado por

Por javiera lópez godoy

El Bono de Protección, popularmente conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio que reciben todas las familias y personas usuarias del Chile Seguridades y Oportunidades. El aporte se paga por hasta dos años y su monto es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo con los siguientes tramos:

  • Primeros seis meses: $19.582.
  • Desde el mes siete al mes 12: $14.903.
  • Desde el mes 13 al mes 18: $10.246.
  • Desde el mes 19 al 24: $15.597

El beneficio no requiere postulación, ya que se paga automáticamente a quienes cumplen los requisitos. Estos son haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención.

¿Quiénes pueden recibir los pagos prioritarios del Bono de Protección?

Cabe destacar que el pago de bono se efectúa a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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