La tercera edad es uno de las etapas de la vida en que hay más problemas económicos, debido a las bajas pensiones en Chile. Sin embargo, existen múltiples bonos destinados exclusivamente a los adultos mayores, los cuales tienen como objetivo apoyarlos monetariamente según sus necesidades.
A continuación, te contamos cuáles son todos los beneficios para personas mayores que quedan por pagarse este año.
¿Qué bonos para adultos mayores quedan por pagarse este año?
Antes de que termine el año, quedan por pagarse los siguientes bonos para pensionados y adultos mayores:
Pensión Garantizada Universal:
La Pensión Garantizada Universal (PGU)es un beneficio económico mensual que pueden recibir los adultos mayores en nuestro país para aumentar el monto de sus pensiones. Pueden acceder a la PGU, a contar del 1 de abril de 2023, todos los pensionados que cumplan estos requisitos:
- Tengan 65 años o más de edad.
- No integren el 10% más rico de la población.
- Acrediten residencia en Chile en estos dos casos:
- Un periodo no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Cuenten con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE).
Mira este video de ChileAtiende que explica la PGU:
Para quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101 mensuales, el monto de la PGU ascenderá a $206.173; mientras que para quienes tengan una pensión base mayor a $702.101, pero menor a $1.114.446, el monto de la PGU será variable.
Para postular al beneficio ingresa AQUÍ.
Aguinaldo de Navidad:
El Aguinaldo de Navidad es un beneficio monetario que se paga todos los años en el mes diciembre, junto con la pensión. El monto es de $26.734 por pensionado, aunque este se incrementa en $15.104 por cada persona que, al 30 de noviembre de 2023, esté acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $979.330 (es decir, pertenecen al tramo 4).
Recibirán el Aguinaldo de Navidad las siguientes personas:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N° 19.129, artículo 11).
- Pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.
Bono por Hijo:
El Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado. El bono se paga mensualmente junto con la pensión de la beneficiaria.
La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y que equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, se calcula de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
Pueden acceder al Bono por Hijo las siguientes mujeres mayores de 65 años:
- Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU), a contar del 1 de julio de 2009.
- Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social, a contar del 1 de julio de 2009.
Para postular al Bono por Hijo puedes ingresar AQUÍ.
Bono Bodas de Oro:
El Bono Bodas de Oro es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio. El monto del beneficio es de $425.360 por matrimonio, y como se paga en partes iguales a ambos cónyuges, cada uno recibe $212.680.
El Bono Bodas de Oro exige a la pareja que cumplan con los siguientes requisitos:
- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
En el caso de las personas viudas, estas pueden obtener el bono en los siguientes casos:
- Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
- Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia
Para solicitar el bono es necesario hacerlo a través de la sucursal virtual de ChileAtiende mediante una videoatención. Este servicio está disponible de lunes a viernes, entre 8:00 y 17:00 horas.
¿Recibes alguno de estos bonos para adultos mayores?
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