A medida que se acerca septiembre muchos trabajadores esperan el tan ansiado aguinaldo, ayuda económica que permite solventar el exceso de gastos de ese mes y que si bien no es obligatorio en el sector privado se ha convertido prácticamente en una tradición más de las Fiestas Patrias.

Es en ese contexto que el IPS inclusive entregará durante septiembre el bono aguinaldo de Fiestas Patrias, cuyos detalles te contamos a continuación.

El esperado bono que se paga en septiembre ¿Cuándo se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

El aguinaldo de Fiestas Patrias entregado por el IPS a los pensionados este 2023 es de $23.261, el cual se sumará a los $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto del presente año y se pagará junto a la pensión de septiembre.

En cuanto al “aguinaldo de Fiestas Patrias” en el sector público y privado,debemos aclarar que este no es un beneficio obligatorio en el sector privado, no obstante, existen dos casos en que este sí se convierte en un derecho del trabajador: cuando está contemplado en el contrato de trabajo y cuando hay un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo está incorporado como cláusula.

Por el contrario, si eres trabajador del sector público este beneficio sí es obligatorio y según el presupuesto 2023 el monto de pago será de $81.196 para quienes tengan una remuneración igual o inferior a $943.703 y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere ese valor.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono aguinaldo?

Según señala Chile Atiende, el bono aguinaldo de Fiestas Patrias lo recibirán las personas que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de estas calidades:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Personas pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionadas o pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionadas o pensionados de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.