Esta jornada el Gobierno del Presidente Gabriel Boric ingresó un proyecto de ley con el que se busca actualizar las Reglas del Uso de la Fuerza por parte del personal de Orden y Seguridad en tareas de resguardo al orden público.

La iniciativa presentada por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, fue ingresada a la Cámara y nació de un protocolo de acuerdo formado en medio de la tramitación de la reforma constitucional para el resguardo de la infraestructura crítica.

Propuesta del Gobierno

El ministro Cordero expuso la propuesta del ejecutivo relativa al uso de la fuerza, en donde se establece que los agentes de Orden y Seguridad deben actuar acorde a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, responsabilidad, y racionalidad.

“El personal utilizará, en la medida de lo posible, medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y armas de fuego, las que solo podrán utilizarse cuando otros medios menos lesivos resulten ineficaces o no garanticen el logro del objetivo legítimo”, señala la propuesta, agregando que, en el principio de ‘necesidad’, se exige que “en la circunstancia particular, no exista otra alternativa razonable que no sea el uso de la fuerza, la que deberá cesar una vez logrado el objetivo o cuando éste no pueda lograrse”.

Las fuerzas de Orden y Seguridad deberán cumplir con identificarse, advertir en caso de emplear arma de fuego; tener gradualidad, empleando medios disuasivos; reducir daños, prestar auxilio –en caso que la situación lo permita– y reportar incidentes ocurridos como consecuencia del uso de la fuerza.

Así, dentro del marco se establecen grados de resistencia y agresión, que son: Cooperación, Resistencia pasiva, Resistencia agresiva, Agresión activa y Agresión activa potencialmente letal; de las cuales se desprenden las Etapas del uso de la fuerza: Presencia, Actuación mediante técnicas de comunicación, Reducción física de la movilidad, Utilización de fuerza menos letal y Utilización de fuerza potencialmente letal.

La iniciativa también establece que “los reglamentos deberán revisarse, al menos, cada 4 años y actualizar las materias que lo requieran”.