El próximo viernes 26 de abril entrará en vigencia la ley de 40 horas, norma que en su primera etapa reducirá en una hora la jornada laboral, pasando de las actuales 45 horas a 44, es en ese contexto que en RedNews te traemos una importante novedad que se implementará con esta nueva norma, nos referimos a la posibilidad de “pagar” las horas extras con días libres en vez de dinero.

¿Puedo pedir que me compensen con días libres en vez de dinero por horas extras?

Así es, porque según señala el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT), desde el viernes 26 de abril los trabajadores podrán solicitar que las horas extras en vez de ser pagadas en dinero, se compensen por días adicionales al feriado.

El mismo sitio señala que la compensación de horas extraordinarias por días adicionales de feriado estará regida por el mismo recargo que corresponde a su pago, es decir, por cada hora extraordinaria corresponderá una hora y media de feriado. En caso de que existan días pendientes de utilizar al término de la relación laboral, estos se compensarán en conformidad a lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo.

¡Ojo! Que la misma norma señala que esta nueva modalidad de pago debe ser pactada por medio de un pacto escrito y tiene una limitante de hasta 5 días adicionales de feriado, descanso que por cierto es pagado.

¿Qué pasa si tu empleador no cumple con la reducción laboral?

En caso de que tu empleador no respete la jornada laboral de 44 horas que está establecida en el Código del Trabajo, podrás realizar un reclamo en cualquier Inspección del Trabajo o también demandar directamente el cumplimiento ante los Tribunales del Trabajo.

¡Atento! Que podrás hacer este trámite tanto de manera online como presencial, incluso de forma confidencial. Debes saber que tendrás que presentar los antecedentes requeridos para la denuncia.