El Bono Asignación Maternal o Subsidio Maternal es un beneficio estatal que se entrega a las trabajadoras embarazadas, tanto dependientes como independientes y a los trabajadores, que sean esposos de la mujer embarazada y causantes de la asignación familiar.

Este bono, entregado por el IPS, puede ser solicitado a partir del quinto mes de embarazo y el monto se define de acuerdo a los ingresos mensuales de la solicitante, el que es posteriormente pagado durante todo el periodo gestacional.

Es importante aclarar que el monto a entregar es inversamente proporcional al sueldo, es decir, mientras más ingresos, menos es la asignación.

En cuanto a los montos, cuando se tiene un Ingreso mensual de hasta $366.987 el bono será de $14.366, si el ingreso mensual está entre los $366.988 y $536.023 el bono es de $8.815, y con un ingreso mensual entre los $536.024 y $836.014 el monto será de $2.786.

Además, en el caso de las mujeres que trabajan como dependientes o son cargas de sus cónyuges, el pago lo hace el empleador a partir del momento en que la trabajadora le presenta la autorización de carga que obtuvo en IPS. Si ya no trabaja con ese empleador, el IPS solicita a la Inspección del Trabajo, la inspección y verificación para que pague el IPS.

A continuación, te contamos en detalle cuáles son los requisitos para obtenerlo.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiaria del Bono Asignación Maternal?

Para saber si eres beneficiaria, primero debes debes reunir ciertos documentos. Luego, tienes que dirigirte a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende y entregar los antecedentes requeridos.

Como resultado del trámite, habrás solicitado el beneficio. Si cumples con los requisitos, podrás recibir de manera inmediata dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas ante el empleador y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o Isapre respectiva.

Los documentos son:

  • Si eres trabajadora:

-Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.

-Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.

-Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

  • Si es carga del trabajador:

-Autorización de carga familiar del trabajador.

-Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

 

¿Cuáles son los requisitos para obtener el Bono Asignación Maternal?

Pueden acceder a este subsidio:

  • Trabajadoras dependientes, del sector privado o público, que tengan:

    -Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.

    -Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica. 

    -Contrato de trabajo vigente.

  • Trabajadoras dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, que tengan:

-Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.

-30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica. 

-Contrato de trabajo vigente.

  • Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:

-12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.

-Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.

-Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.

  • Trabajadoras independientes obligados a cotizar:

-Deben acreditar esta calidad presentando el comprobante de pago de sus cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Quedan exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta hasta el 30 de junio del año siguiente.

  • Los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza, respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar.