Este domingo 7 de mayo se realizan las elecciones de Consejeros Constituyentes en el país, órgano encargado de redactar la nueva propuesta de Constitución Política de la República, la cual se llevará a un plebiscito en diciembre próximo, en donde se definirá si se cambia la carta fundamental o se mantiene la ya vigente.

Respecto al proceso, aún a quienes tienen dudas sobre las elecciones, candidatos, cómo votar, si es o no obligación acudir a las urnas el próximo domingo y si existen sanciones a quienes no se presenten a las votaciones.

Voto obligatorio

Para estos comicios, la votación es obligatoria para todas las personas que cuenten con nacionalidad chilena y sean residentes en el país. El no acudir a las urnas incurre en una infracción, por la cual se cursan multas a los transgresores, las cuales pueden superar los $180 mil pesos.

Multas

No votar en los comicios del 7 de mayo y no presentar excusa por restarse del proceso constituye una infracción a la ley electoral, la cual es penalizada con una multa a beneficio municipal, que puede ir entre las 0,5 unidades tributarias mensuales hasta 3 UTM; vale decir, entre $31.537 y $189.222 pesos.

¿En qué casos se puede excusar?

Existen cuatro motivos que se pueden considerar como excusa para no votar, los cuales deben estar debidamente acreditados ante el Juez de policía local al momento de la citación. Las excusas válidas son:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
  • Otro impedimento grave, que debe ser comprobado debidamente ante el juez competente.