¿Con ganas de bailar cueca o tomar un terremoto? Seguramente, muchos chilenos y chilenas están así, ya que cada vez queda menos para las Fiestas Patrias de este año, donde se espera un poco más de actividad (con las medidas necesarias) que el 2020, ya que la emergencia sanitaria está más controlada que el año anterior. 

Debido al 18 de septiembre, el Instituto de Previsión Social entrega anualmente un aguinaldo para los pensionados del IPS que cumplan con los requisitos solicitados y la cual este año se pagará junto a la pensión correspondiente al mes de septiembre.

El monto base del aguinaldo 2021 es de 20.624 pesos por pensionado. Este se incrementará en $10.581 por cada persona que, al 31 de agosto de 2021, el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a 779.882 pesos.

Además, el dinero entregado en el aguinaldo no es tributable ni imponible, por lo que no se descontará ni se debe pagar impuestos, ni cotizaciones previsionales.

¿Quiénes son beneficiarios del aguinaldo de Fiestas Patrias? 

 

De acuerdo a información del ISP, estos son los beneficiarios del aguinaldo.

Personas que al 31 de agosto de 2021 tengan alguna de estas calidades:

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

-Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.

-Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.

-Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

-Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).

-Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

-Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

-Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.