El Bono Invierno tedrá una seguna cuota adicional al primer pago que se realizó en el mes de mayo, esto porque finalmente se aprobó el proyecto de ley en que se aumenta el beneficio a pensionados. Este jueves fue aprobado por el Senado y solo falta que se publique la ley en el Diario Oficial, para que el aporte llegue a cerca de un millón 600 mil personas.

¿Se pagará el Bono Invierno de junio en la Cuenta RUT? Pago del beneficio a pensionados

Desde el Gobierno informaron los detalles de cómo será el pago de la segunda cuota del Bono Invierno de $60.000, es decir que el monto total del bono 2023 será de $134.767.

Los pagos del aporte están a cargo del IPS y se harán vía Cuenta Rut o en la respectiva caja de compensación, junto a la próxima nómina de pago de pensiones, así lo informaron desde el Ejecutivo.

Para saber la fecha de pago de tu pensión puedes ingresar AQUÍ con tu RUT y sabrás el monto y la fecha de pago. También puedes saber si eres beneficiario llamando al call center de ChileAtiende al número 101 de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs.

¿Debo postular al pago del Bono Invierno? Requisitos

Desde el IPS informan que el pago del beneficio es de manera automática, lo recibirán mayores de 65 años que cumplan con los siguientes puntos solicitados:

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    – Instituto de Previsión Social.
    – Instituto de Seguridad Laboral.
    – Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    – Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.

¿Quiénes no reciben el Bono Invierno 2023?

  • Los pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.