La licencia médica también llamado Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL) es un derecho que tiene todo trabajador dependiente o independiente de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado período de tiempo, previa indicación otorgada por un médico, un dentista o una matrona, según señala el sitio web de la Superintendencia de Salud.
Es en ese contexto que en RedGol te traemos todos los detalles sobre este documento.
¿Quién paga las licencias médicas en Chile? Todo lo que debes saber sobre tus pagos
Las licencias médicas son pagadas en nuestro país por tres entidades:
Cajas de Compensación: Son las principales encargadas del pago de licencias médicas en nuestro país, responsables de desembolsar un 60% de las licencias médicas de los afiliados a Fonasa.
Isapres: Esta entidad es la encargada de realizar el pago de licencias en el caso de los afiliados a las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES).
Compin: Si la persona está en Fonasa, pero no tiene afiliación a una Caja de Compensación, su dinero lo recibirá mediante esta organismo estatal.
El sitio Cajasdechile.cl señala que el 2020, las Cajas de Compensación de Chile pagaron más de 900 mil millones de pesos a afiliados de Fonasa, lo que aumentó un 49% en 2021 hasta $1,4 mil millones.
De todas formas, vale aclarar que las licencias médicas son financiadas, según informa la Dirección de Presupuestos, a través de la cotización del 7% que realiza el trabajador a su institución aseguradora de salud, ya sea Fonasa o Isapre.
Actualmente existen ocho tipos de licencias médicas:
- Enfermedad o accidente común
- Medicina preventiva
- Pre y postnatal
- Enfermedad grave de un niño menor de un año
- Accidente del trabajo o del trayecto
- Enfermedad profesional
- Patologías del embarazo
- Sanna
¿Cuáles son los plazos para solicitar una licencia médica?
El Compin señala que los trabajadores, ya sea afiliados a Fonasa o a Isapre, deben presentar su licencia médica dentro de los siguientes plazos:
- Trabajador dependiente sector privado: Presentarla al empleador en un plazo de dos días hábiles desde el comienzo de la licencia médica.
- Trabajador dependiente sector público: Presentarla al empleador en un plazo de tres días hábiles desde el inicio de la licencia médica.
- Trabajador independiente: Debe presentar el documento ante la Compin o Isapre, según corresponda, en un plazo de dos días hábiles a la emisión de la licencia médica.
Este documento debe tener:
- Nombre y RUN del trabajador.
- Fecha de emisión del documento.
- Fecha de inicio y número de días del reposo.
- Tipo de licencia y características del reposo.
- Identificación del médico tratante.
Una vez recepcionado por el empleador, este deberá:
- Completar el formulario con los antecedentes solicitados.
- Firmar y timbrar la licencia médica.
- Adjuntar información de la situación laboral y previsional, remuneraciones del empleado e información sobre la existencia de otras licencias en los seis meses anteriores.
- Entregar la documentación a la Compin o Isapre dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la licencia.
Es importante que los datos sean correctamente informados, ya sea días de reposo, descripción de la enfermedad, tratamiento y recuperación, ya que en caso de que haya información faltante o errónea podría ser rechazada.
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