Septiembre es un mes esperado desde principios de año, ya que llega una semana dieciochera cargada de días feriados. Además, se otorga el ansiado Aguinaldo Fiestas Patrias para trabajadores y pensionados.
En el ámbito laboral, por ley se le debe pagar al sector público este aguinaldo, cerca de la fecha de Fiestas Patrias. Los montos son los siguientes:
- Aquellos con un sueldo líquido igual o inferior a $984.282, recibirán $85.093.
- Esto implica un aumento de casi $4.000 respecto al año pasado, cuando el beneficio para el tramo de menores ingresos fue de $81.196.
- Los empleados públicos que reciban un salario superior a $984.282, tendrán $59.071.
- En este caso, hay un incremento de cerca de $3.000 en relación al 2023, cuando fue de $56.365.
Por ello, son importantes los tips e ideas para entender cómo funciona el beneficio en estos cinco días consecutivos de celebraciones, algo que no se daba desde el año 2019.
¿Cuáles son las recomendaciones clave para el Aguinaldo Fiestas Patrias?
Lo primero es aclarar que los trabajadores del sector público tendrán este aguinaldo siempre que hayan ejercido su cargo de planta o a contrata al 31 de agosto.
Por otra parte, en el ámbito privado laboral no es obligatorio pagar Aguinaldo de Fiestas Patrias, a menos que esté establecido en un contrato o por acuerdo sindical previo.
En materia de consejos para los trabajadores que sí reciban el beneficio, Manuel Concha, CEO de Kame ERP, que tiene más de 18.000 pymes en su cartera de clientes, entrega sus recomendaciones.
“La primera recomendación es tomar la decisión con tiempo, para que así las familias puedan planificar bien las fiestas”, dice el especialista.
Por ello, su idea apunta a que “además, para determinar la cifra, es fundamental revisar los pagos de años anteriores, para que sirvan como base para una resolución correcta”.
“Desde la perspectiva del negocio, también es fundamental evaluar si la rentabilidad lo permite, y tanto o más importante es planificar con tiempo el flujo de caja, ya que se deben contar los flujos disponibles”, recalca el experto.
Por ello, finalmente, Manuel Concha explica que “a diferencia del sector público, se debe tener presente que la norma legal indica que es un concepto imponible y tributable, por lo que se deben pagar las respectivas imposiciones”.