Los días frios llegaron para quedarse en Chile, durante los últimos días incluso las lluvias se apropiaron del clima, temporada de otoño-invierno en que además se entregan beneficios estatales para costear los gastos propios de la época. Uno de ellos es el Bono Invierno 2023, aporte que se paga una vez al año a pensionados que cumplan con los requisitos.

¿Por qué algunas personas no reciben el Bono Invierno? Estas pueden ser las causas

El Bono Invierno se entrega a pensionados mayores de 65 años y que cumplan con los requisitos del IPS, que son los siguientes:

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    – Instituto de Previsión Social.
    – Instituto de Seguridad Laboral.
    – Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    – Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

Pero, ¿Quiénes no pueden recibir el Bono Invierno 2023?

IPS informa que no son benefericiarios las siguientes personas:

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.
  • Quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).

¿Qué pasa si cumplo con los requisitos y no me pagaron el Bono Invierno 2023?

ChileAtiende informa que si la persona considera que cumple los requisitos y el bono no viene pagado junto con su pensión de mayo, debe ponerse en contacto con su entidad pagadora y registre su requerimiento para que analice su situación.

IPS vía Twitter