Una de las principales discusiones que ha dado lugar en el Consejo Constitucional ha sido sin dudas en relación al pago de las contribuciones a la primera vivienda.

La propuesta insignia de la mayoría republicana ha sido eliminar definitivamente este polémico pago. Sin embargo, la propuesta que iniciaría recién en enero de 2026, deja un “espacio” que sigue generando cierto malestar.

¿Cambiará el pago de contribuciones? El punto en la Propuesta Constitucional que genera dudas

En resumen, la norma establece que existirá un espacio para que la ley defina ciertas “excepciones” que podrán permitir el cobro de contribuciones a la primera vivienda.

El inmueble destinado a la vivienda principal del propietario, sea que la habite solo o con su familia, en su caso, estará exento de toda contribución e impuesto territorial, se especifica en la norma.

Por otra parte, se añade el siguiente punto “las excepciones legales a esta exención solo podrán fundarse, en forma conjunta, en el alto avalúo fiscal de la vivienda principal y los ingresos del contribuyente y de su familia”.

Todo a partir del 2026

Sin embargo, la norma establece que este cobro será “de modo progresivo, respecto del impuesto territorial anual a pagar, a contar del primero de enero del año 2026, a razón de un veinte por ciento anual hasta su implementación total”.

El Consejero de Republicanos, José Ossandón, se refirió al respecto y comentó que “la idea de incluir esta exención en el derecho a la vivienda es, en definitiva, fortalecer este derecho, porque como sabemos, las contribuciones de bienes raíces son un impuesto que si tú lo dejas de pagar, el Estado llega a quitarte la casa para rematarla y pagar este impuesto”. 

Entonces, claro, por un lado tenemos una Constitución que busca garantizar el derecho a la vivienda adecuada, pero, por otro lado, tenemos un Estado que a través de los impuestos podría afectar directamente este derecho”, agregó.

¿Quiénes finalmente quedan exentos?

Ossandón detalló que las excepciones legales “sólo podrán fundarse, en forma conjunta, en el alto avalúo fiscal de la vivienda principal y los ingresos del contribuyente y de su familia”.

Si bien la regla general es que todas las viviendas van a quedar exentas de contribuciones, se le entrega a la ley, al legislador, para que en determinados casos pueda determinar, en razón del alto avalúo fiscal y los ingresos del dueño, excepciones a este beneficio. Esto es una suerte de doble requisito, porque la redacción afirma que, conjuntamente, la exención legal deberá considerar tanto el alto avalúo, como el ingreso del dueño”, precisó el también abogado.

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