Esta semana hubo una importante noticia para los conductores nacionales, ya que la Contraloría General de la República (CGR) anunció que hizo toma de razón del reglamento que regula el grabado de patentes en vidrios y espejos de vehículos motorizados.
Si deseas conocer qué dice el reglamento con respecto a las características de grabado y los plazos, continúa leyendo RedNews de RedGol.
Confirman plazos para el grabado de patentes: Así es el reglamento definitivo
El reglamento de esta medida, que busca evitar el robo de vehículos, señaló que el grabado deben cumplir las siguientes características:
- Letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Además, estas deben ser mayúscula.
- Letras y dígitos en los espejos deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras deben estar en mayúscula.
- Letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo del vehículo, sea de izquierda a derecha.
- El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de tal forma que no pueda ser borrado.
- En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externoy en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo. En ambos casos, el grabado de la placa patente única se realizará sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
- En el parabrisas el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u obstaculizar el “Vehicle Identification Number” (VIN) con que cuentan algunos vehículos en dicha zona, o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.
- En la luneta trasera el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
- En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectángulo, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos toquen el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su función.
- La normativa exigirá el grabado de, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales.
¿Ya grabaste los espejos y vidrios? El nuevo reglamento señala que los vehículos comercializados con anterioridad a la publicación de este reglamento y cuyos vidrios y espejos laterales se encuentren grabados; estarán eximidos siempre y cuando el grabado sea permanente y permita la correcta identificación de la placa patente grabada.
¿Cuáles son los plazos para grabar patentes en vidrios y espejos?
Esta nueva normativa confirmó los plazos que existirán para grabar la patente en vidrios y espejos, estos son:
- En vehículos nuevos, la obligación de grabar la patente se dará desde el cuarto mes desde publicado el decreto en el Diario Oficial, es decir, desde septiembre de este año aproximadamente.
- En vehículos usados o comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023, será transcurrido 12 meses desde la fecha inicial, es decir, desde mayo del 2025.