A partir de julio dos importante bonos para familias reajustan sus montos. Miles de personas beneficiadas con este aporte recibirán un monto mayor, sin que haya un cambio de requisitos.
¿Qué bonos reajustan su monto en julio?
Tras un acuerdo entre el CUT y el Gobierno, a partir de julio se reajustará el monto del Subsidio Familiar y la Asignación Familiar. El acuerdo establece un reajuste del 4,5% a partir de 1 de julio de 2024.
¿Cuál es el nuevo monto del Subsidio Familiar?
En el caso del Subsidio Familiar el monto actual es de $20.328 por cada carga familiar. Si se le suma el incremento del 4,5%, desde el próximo mes será de $21.243.
Asimismo, el valor por cargas con discapacidad es de $40.656, por lo que subirá $42.486 con el reajuste.
¿Cuál es el nuevo monto de la Asignación Familiar?
El monto actual de la Asignación Familiar es de $20.328 por carga para los beneficiarios con un sueldo de hasta $539.328. Por lo tanto, con el incremento el monto también quedará en $21.243.
En tanto, los beneficiarios con un sueldo mayor a $539.328 y menor a $787.746, reciben una Asignación Familiar de $12.475. Con el incremento el monto queda en $13.040.
Del mismo modo, los beneficiarios con un sueldo mayor a $787.746 y menor a $ $1.228.614, reciben un pago de $3.942 por carga. El monto se actualizará a $4.120 desde julio.
Cabe destacar que las personas con sueldo mayor a $1.228.614 no reciben Asignación Familiar.
¿Cuáles son los requisitos de cada beneficio?
Requisitos del Subsidio Familiar:
Ser una persona que pertenezca al 60% del Registro Social de Hogares y que no esté en condiciones de mantener a sus cargas, es decir:
- Madres.
- Padres.
- Guardadores.
- Personas que tengan a su cuidado niños o adolescentes.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o física de cualquier edad, y vivan a sus expensas.
- Embarazadas (Subsidio Maternal).
Se considera carga a:
- Niñas, niños y adolescentes menores de 18 años que participen de los programas de salud del Minsal si tienes menos de ocho años y que sean alumnos regulares de enseñanza básica, media o superior si tienen más de seis años.
- Personas con discapacidad física o intelectual de todas las edades.
Requisitos de la Asignación Familiar:
Tienen derecho a este beneficio:
- Trabajadores dependientes.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional que considere entre sus beneficios la Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados y con discapacidad.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían Asignación Familiar.
- Beneficiarios de la PGU y PBSV. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. Solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.