Aún falta un par de días para que concluya noviembre, pero eso no es un impedimento para conocer la fecha de pago de un importante bono de Navidad, nos referimos al aguinaldo para pensionados. Aporte que se entregará a diciembre a una gran cantidad de jubilados. Revisa, a continuación, todos los detalles.

¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Navidad para pensionados?

Como adelantamos desde esta semana, ya puedes conocer la fecha de pago de distintas pensiones de diciembre como la PGU, pensión de invalidez, entre otros aportes a cargo del IPS. Es justamente esta fecha la importante, debido a que el aguinaldo de Navidad se pagará junto a la pensión de diciembre.

Solamente debes ingresar a mi.chileatiende.gob.cl/tramites/5212 y completar con tu RUT para conocer la nueva fecha de pago. En RedNews hicimos el ejercicio y pudimos comprobar que un pensionadorecibirá la PGU de diciembre dos días antes de lo habitual, específicamente el 18 de diciembre, misma fecha en la que recibirá el Aguinaldo de Navidad.

(Foto: mi.chileatiende.gob.cl/tramites/5212)

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Navidad?

El bono navideño repite la fórmula de tener un monto fijo y otro variable que se utilizó con el aguinaldo de Fiestas Patrias, por un lado, el primer monto alcanza la cifra $27.884, mientras que el segundo es de $15.753 extras por carga.

Por ejemplo, una persona con una carga recibirá de dinero extra este mes $43.637 ($27.884 monto fijo + $15.753 por carga).

Recordar que este beneficio no tiene limitantes por carga, así que el monto variable se puede multiplicar indeterminada por el número de cargas que posea el beneficiario.

¡Últimos días para cumplir los requisitos!

Te recordamos que este beneficio navideño tiene como plazo máximo el próximo 30 de noviembre para que los pensionados cumplan alguna de estas calidades:

  • Pensionados y pensionadas del IPS que reciban PGU o Pensión de Invalidez.
  • Pensionados de las exCajas de Previsión y exServicio de Seguro Social.
  • Beneficiarios subsidio por Discapacidad.
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N.º 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de la ley Rettig y Valech.
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria industria del carbón.
  • Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.