La Pensión Garantizada Universal (PGU) cambió surequisitode focalización, y desde este mes, miles de personas se sumarán al beneficio automáticamente.
¿Cuál es el monto de la PGU de este mes?
Para saber si eres beneficiario y conocer tu monto y fecha de pago, ingresa AQUÍ.
Cabe aclarar que el monto a recibir de la PGUfunciona de la siguiente manera:
- Quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101 mensuales,el monto de la PGU asciendea$206.173.
- Quienes tengan unapensión base mayora $702.101, pero menor a $1.114.446,el monto de la PGUserá variable.
¿Cuáles son los requisitos de la PGU?
Los requisitos actuales para acceder a la PGU son los siguientes:
- Tener65 años o más de edad.
- No integrarel 10% más rico de la población total del país(nuevo requisito).
- Acreditarresidencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
-Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
-Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Contarcon una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
- Pueden acceder a la PGU todas las personas que cumplan los requisitos, independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional (sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca).
- Las personas conpensiones de reparación(leyes Rettig y Valech o como exonerado político) excepcionalmente podrían acceder a la PGU, porque:
-Cumple con los demás requisitos, por lo que el monto a recibir se calcula restando al monto de la PGU el valor de la pensión de reparación estatal que ya recibe (aunque, generalmente, casi siempre da como resultado un monto cero y por eso no suelen recibir este beneficio).
-En los casos excepcionales en que la pensión reparatoria resulte menor que el monto de la PGU, la persona solo tendría derecho a recibir lo que quede del beneficio solidario después de restarle el monto de la pensión especial que ya recibe.