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¿Se puede renegociar una deuda en Chile? Entérate cómo hacerlo sin abogado y online

El Estado permite realizar una renegociación a las personas naturales que cumplan ciertos requisitos con el fin de ordenar todas las deudas.

Conoce cómo renegociar tus deudas sin abogados y de forma online.
© JUAN EDUARDO LOPEZ/ATON CHILEConoce cómo renegociar tus deudas sin abogados y de forma online.

Tener deudas es algo común en Chile y si bien no es malo, sí lo es cuando uno se “sobreendeuda”, lo que significa en que no se cuenta con los fondos necesario para ir pagando aquel compromiso solicitado con anterioridad, ya que, esto pone en riesgo de embargo los bienes conseguidos; como vehículos, bienes raíces y más.

Es en ese contexto que en RedNews te contamos del proceso de renegociación de las deudas de una persona, también conocido como “Ley de Quiebra para personas” el cual no requiere trabajo de abogados y se puede iniciar de forma online en cualquier momento.

¿Se puede renegociar una deuda en Chile? Entérate cómo hacerlo sin abogado y online

La renegociación de las deudas de una persona es un procedimiento administrativo que según señala ChileAtiende, es de carácter gratuito y completamente voluntario, y que tiene el objetivo de que la persona deudora pueda renegociar sus deudas con nuevas condiciones de pago o vender sus bienes para el pago de las mismas.

El procedimiento es llevado a cabo por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), institución que actúa como mediadora entre las partes (deudor y acreedor) y que busca facilitar acuerdos para una solución satisfactoria para ambos.

Si deseas iniciar el proceso de renegociación o conocer el Estado de tu renegociación, te invitamos a que ingreses al siguiente link de la Superir e inicies sesión con tu Clave Única en la sección “2: renegociación” de los servicios en línea.

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¿Puedo solicitar renegociación? Revisa los requisitos:

Para renegociar tu deuda, sin embargo, no basta con tener deudas impagas, también debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Personas naturales sujetas a crédito y que:
    • Tengan dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos y que, en total, sumen más de 80 unidades de Fomento (UF).
    • No tengan movimientos de primera categoría dentro de los 24 meses anteriores al inicio del Procedimiento de Renegociación.
    • Acompañen las declaraciones juradas y los documentos justificativos exigidos por la Superintendencia. Revisa el listado de documentos AQUÍ.
    • ¡Atento! Que, desde el 11 de agosto de 2023, las personas naturales que emiten boletas de honorarios también podrán acceder al procedimiento de Renegociación.
¿Cómo puedo saber si estoy en DICOM? Revisa si eres parte del registro de deudores

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