Ayer lunes 9 de enero comenzaron los pagos correspondientes a los beneficiarios y beneficiarias del IFE Laboral, un aporte económico dirigido a los trabajadores y trabajadoras que firmaron un nuevo contrato tras haberse encontrado al menos un mes cesantes al momento de postular, entre otros requisitos. Sin embargo, algunos suelen no recibir los pagos y desconocen como apelar

¿Cómo apelar al IFE Laboral si no recibí el pago de enero?

En caso que seas beneficiario o beneficiaria del IFE Laboral y no recibiste el pago, haz clic AQUÍ para conocer la causa en su expediente en línea.

Por otra parte, si necesitas ingresar una apelación por pago rechazado, ingresa al Buzón Ciudadano e ingresa la apelación correspondiente.

  1. Si el motivo del rechazo de pago es debido a que sus cotizaciones no se encuentran al menos declaradas, debe seleccionar IFE Laboral Apoya (problema de pago debido a cotizaciones).
  2. Si el motivo del rechazo de pago es por error en el Rut del Empleador, debe seleccionar IFE Laboral Apoya (problemas RUT empleador).

Si ingresas al Buzón Ciudadano deberás adjuntar los siguientes documentos:

  • Copia del contrato de trabajo debidamente firmado.
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses.
  • Certificados de los 12 últimos meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).

¿Cuáles son los requisitos para recibirlo?

  • El postulante debe tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación).

Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.

  • Recibir una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a $1.230.000.
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato. 

¿Cuáles son los montos que entrega?

  • Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 25% de tu Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
  • Mujeres, hombres entre 18 y 24 años y mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de tu Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

¿Quiénes reciben el pago de este mes?

  1. Primer pago a quienes firmaron un nuevo contrato entre el 1 de octubre y 30 de noviembre de 2022. Con postulación en noviembre de 2022.
  2. Segundo pago a quienes firmaron un nuevo contrato entre el 1 de septiembre y 31 de octubre de 2022. Con postulación en octubre de 2022.
  3. Tercer pago a quienes firmaron un nuevo contrato entre el 1 de agosto y 30 de septiembre de 2022. Con postulación en septiembre de 2022.