El Senado despachó el proyecto de ley de la extensión del Postnatal de Emergenciahasta el 31 de diciembre de este año. La iniciativa fue aprobada de manera unánime, con40 votos a favor, 0 en contra y ninguna abstención.

¿Quiénes se verán beneficiadas con la extensión?

Se verán beneficiadas con la extensión del Postnatal de Emergencia las siguientes mujeres:

  • A quienes todavía se encuentren con Postnatalvigente y se les venza a partir de la publicación de la ley.
  • A quienes se les haya vencido en tiempo intermedio entre el 1 de octubre y la publicación de la ley.
  • A quienes, en función de la extensión que se hizo durante el invierno, se les hubiera vencido antes del 30 de septiembre, pero no hayan hecho los 60 días completos.

¿Qué dijo el Gobierno?

Tras la aprobación, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeanette Jara, agradeció y felicitó a ambas cámaras por el apoyo al proyecto.

“Las innovaciones que tiene este proyecto de postnatal extendido hasta el 31 de diciembre es que va a permitir a aquellas mujeres trabajadores que encuentren algún empleo y que deseen no hacer uso de él, puedan efectivamente renunciar a este derecho. Esta medida lo que busca es, en primerlugar, poner el foco en la protección de niños, niñas e infantes, pero además tener en cuenta la necesaria empleabilidad de las mujeres”, declaró al respecto Jara.

Acerca desi esta extensión tendrá un efecto retroactivo, la secretariade Estado respondió que“el presidente Boric ya había extendido durante el invierno el postnatal de emergencia hasta el 30 de septiembre yesta prórroga va a transcurrir, también con efecto retroactivo, desde el 1 de octubre al 31 de diciembre”.

En cuanto ala fecha de entrada en vigencia de la ley, la secretaria general de la Presidencia (Segpres), Ana Lya Uriarte, explicóque “todavía resta trámite administrativo, la salida de acá desde el Senado, los oficios respectivos y nosotros estaremos esperando para hacer la publicación y la promulgación a la brevedad posible”.

¿Cómo acceder a la extensión?

Para acceder a la extensión del Permiso Postnatal Parental de Emergencia la persona deberámandar una comunicación por escrito a su empleador, esto es a través de un mail o de carta certificada.

Después de ese paso,el empleador tendrá la obligación de comunicar a la entidad pagadora dentro de tres días hábiles el uso de la extensión,la omisión de este paso será sancionado por el Artículo 208 del Código del Trabajo.