Uno de los nuevos beneficios que ha implementado el Gobierno es la Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual se trata de un aporte económico que es entregado a todas las personas mayores de 65 años, independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional pero teniendo como excepción las pensiones de Capredena y Dipreca.

El monto de la PGU es de $185.000 por cada beneficiario, el cual se reajustará en julio de 2022 y en febrero de cada año a partir del 2023.

Es importante destacar que las personas que una pensión base igual o menor a $630.000 mensuales, recibirán $185.000, pero quienes posean una pensión base superior a $630.000 y menor a $1.000.000, el monto diminuirá de manera gradual.

A continuación te contamos las fechas de pago contempladas de la PGU.

¿Cuáles son las fechas de pago según los requisitos que cumplo?

Desde febrero a julio del 2022 

Podrán recibir el pago quienes reúnan los mismos requisitos para recibir una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de un Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario de Vejez):
- Haber cumplido 65 años.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población de Chile.
- Acreditar residencia en Chile por un lapso no inferior a 20 años continuos o discontinuos, contados desde que la persona cumplió los 20 años de edad. Además, por un lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse a los mencionados beneficios solidarios.
- Cumplir con los requisitos específicos correspondientes, ya sea a la Pensión Básica Solidaria de Vejez o al Aporte Previsional Solidario de Vejez.
 

A partir de agosto de 2022  

Podrán recbir los pagos de la PGU las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber cumplido 65 años.
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años de Chile.
- Acreditar residencia en Chile por un lapso no inferior a 20 años continuos o discontinuos, contados desde que la persona cumplió los 20 años de edad. Además, por un lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de la PGU.
- Contar con una pensión base menor a $1.000.000.