Desde el 1 de abril de este año comenzó la Operación Renta 2023, el trámite que deben hacer personas y empresas en el que tienen que informar acerca de sus rentas percibidas durante el año pasado ante el Servicio de Impuestos Internos. En algunos casos esta Declaración de Renta es obligatoria, y quedan pocos días para realizarla antes de que finalice el plazo.

¿Hasta cuándo puedo hacer la Declaración de Renta 2023?

Puedes hacer la Operación Renta hasta el próximo miércoles 10 de mayo de 2023 y así optar a recibir la devolución de impuestos de este año.

¿Qué pasa si no hago la Declaración de Renta 2023?

Si te corresponde hacer la Operación Renta 2023 y no haces el trámite obligatorio serás citado a las unidades del Servicio de Impuestos Internos.

Además, presentarás en los registros del SII la anotación tributaria, "No declarante F22", lo que te impedirá realizar algunos trámites importantes con la institución.

Para regularizar aquella situación tendrás que presentar tu declaración anual de impuesto a la renta a través de Internet, aunque el hecho de no haber realizado el trámite dentro del plazo legal te generará multas e intereses a tu declaración.

¿Quiénes están obligados a hacer la Operación Renta 2023?

Deben hacer Declaración de Renta durante este año 2023 las siguientes personas:

  • Quienes tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Quienes tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Quienes trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales.
  • Quienes realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
  • Quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).
  • Se puede declarar renta, pese a no estar obligado, si se quiere acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.
  • Todas las empresas.

En el caso de los pensionados y las y los trabajadores dependientes no deben hacer el trámite, ya que estos cumplen su obligación de manera mensual al momento en que su empleador o pagador les retiene el impuesto único de segunda categoría.

Estas son las fechas de la devolución de impuestos

  • Si hiciste la Operación desde el 1 hasta el 8 de abril: Recibiste la devolución de impuestos el jueves 20 de abril por depósito.
  • Si hiciste la Operación desde el 9 hasta el 27 de abril: Recibirás la devolución de impuestos el lunes 15 de mayo por depósito.
  • Si haces la Operación desde el 28 de abril hasta el 10 de mayo: Recibirás la devolución de impuestos el lunes 29 de mayo por depósito.

En el caso de que recibas la devolución de impuestos por cheque, se podrá cobrar a partir del martes 30 de mayo.