En el mes de abril comienza el acuartelamiento de aquellos voluntarios y no voluntarios al Servicio Militar en Chile. Cabe mencionar que este proceso cuenta con una duración determinada y ciertos requisitos para postular en nuestro país.
¿Cuánto dura el Servicio Militar en Chile y cuándo se puede postular este año 2024?
Es necesario considerar que en el Ejército y en la Fuerza Aérea de Chile, el Servicio Militar tiene una duración de 12 meses, pudiendo extenderse hasta 14 meses en circunstancias específicas.
Por otro lado, en la Armada, el período es más extenso y puede llegar a un máximo de dos años.
¿Aún puedo postular al Servicio Militar?
No. Lamentablemente el plazo para ser parte del Servicio Militar 2024 finalizó el 29 de febrero del presente año, según informa ChileAtiende.
Sin embargo, puedes inscribirte de manera voluntaria y anticipada al Servicio Militar 2025 en el mes de septiembre de 2024 en las oficinas del cantón de reclutamiento si cumples 17 años este 2024. Una vez que acudas solo debes llevar tu cédula de identidad e ir acompañado de tu tutor legal.
¿Quiénes pueden realizar el Servicio Militar?
Pueden postular a este proceso obligatorio las personas de:
- 17 años (inscripción anticipada).
- 18 años (llamado por sorteo).
- 19 a 24 años (inscripción voluntaria).
Conoce las causales para excusarse
- Fueron declarados no aptos por imposibilidad física, psíquica o social, según lo dispone el reglamento.
- Son miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de Gendarmería de Chile.
- El cumplimiento del Servicio Militar les ocasiona un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar, ya que son su principal fuente de ingreso.
- Contrajeron matrimonio, estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
- Han sido condenados a pena aflictiva, salvo que la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) los considere moralmente aptos. En todo caso, la amnistía (el perdón de un delito o crimen) extingue esta causal.
- Son descendientes por consanguinidad en línea recta y colateral, ambos hasta el segundo grado inclusive, de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política (Ley Nº 19.123).